martes, 6 de diciembre de 2016

actos de comercio



2.-  ACTOS DE COMERCIO
Utilizamos  el  término “acto  de  comercio”,  para  distinguir  aquéllos  actos  jurídicos regulados por el derecho mercantil, de los “actos civiles”, que son  quéllos regulados por el derecho civil.  Aparentemente, el acto de comercio es sinónimo de comercio
acabo y por la cual concreta la compra de un bien, un producto, o en su defecto, la adquisición de los derechos de los mencionados, a partir del pago de una suma de dinero acordada con quien vende, que será hasta ese momento el dueño o poseedor de los derechos del bien en cuestión. El acto de comercio, en definitiva, es el acto jurídico que distingue entre casos que entran en la órbita del derecho mercantil y aquellos propios de la rama civil Existen, de todas formas, actos mixtos,.
LOS DIFERENTES ACTOS DE COMERCIO SON :
§  Publico O Privado
§  Fluvial , Terrestre , Marino o Aereo
§  El por mayor o menor
§  Al Contado o a Credito
§  Licito o Inlicito
§  De importación o Exportacion
§  Libre o monopolico
1.- ARTICULO 75 DE CODIGO DE COMERCIO
Artículo 75.La ley reputa actos de comercio:
I. Todas  las adquisiciones,  enajenaciones  y  alquileres  verificados  con  propósito  de  especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de
trabajados o labrados;
II. Las compras y ventas de bienes inmuebles
, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial;
III. Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles;
IV. Los  contratos  relativos  y  obligaciones  del  Estado  ú  otros  títulos  de  crédito  corrientes en  el comercio;
V. Las empresas de abastecimientos y suministros;
VI .Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados;
VII .Las empresas de fábricas y manufacturas;
VIII .Las  empresas  de  trasportes  de  personas  o  cosas,  por  tierra  o  por  agua;  y  las  empresas  de turismo;
IX .Las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas;
X .Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales, casas de empeño y establecimientos de ventas en pública almoneda;
XI .Las empresas de espectáculos públicos;
XII .Las operaciones de comisión mercantil;
CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H.CONGRESO DE LA  UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF  13-06-2014 16 de 218
XIII. Las operaciones de mediación de negocios mercantiles;
XIV. Las operaciones de bancos;
XV. Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior;
XVI. Los contratos de seguros de toda especie
XVII. Los depósitos por causa de comercio;
XVIII. Los  depósitos  en  los  almacenes  generales  y  todas  las  operaciones  hechas  sobre  los
certificados de depósito y bonos de prenda librados
por los mismos;
XIX. Los  cheques,  letras  de  cambio  o  remesas  de  dinero  de  una  plaza  a  otra,  entre  toda  clase  de
personas;
XX. Los vales ú otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser
que se pruebe que se deri
van de una causa extraña al comercio;
XXI. Las obligaciones entre comerciantes y banqueros, si no son de naturaleza esencialmente civil;
XXII. Los  contratos  y  obligaciones  de  los  empleados  de  los  comerciantes  en  lo  que  concierne  al
comercio del negociante que los tiene a su servicio;
XXIII. La  enajenación  que  el  propietario  o  el  cultivador  hagan  de  los  productos  de  su  finca  o  de  su
cultivo;
XXIV. Las operaciones contenidas en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;
XXV. Cuales quiera otros actos de naturaleza análoga a los expresados en este código
2. CONCEPTO DOCTRINAL
doctrina en el ámbito jurídico. Y se define en los   “Conjunto de tesis y opiniones de los tratadistas y estudiosos del derecho que explican y fijan el sentido de las leyes o sugieren soluciones para cuestiones no legisladas.”

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